Trabajo en Alturas: No Es Jugar, Es Cumplir (PESV y Res. 4272)

Vamos al grano. Llevo más de una década viendo la misma película: empresas que creen tener todo bajo control con el trabajo en alturas y, a la hora de la verdad, se quedan cortas. No es solo un tema de cumplir por la ARL o por la visita del Ministerio; es la vida de la gente. Y la legislación en Colombia, aunque densa, es clara. Hoy vamos a hablar de dos puntos que veo que se ignoran demasiado: la conexión con el PESV y esos detalles de la Resolución 4272 que, francamente, no tienen excusa.

El Enlace Inesperado: PESV y Trabajo en Alturas

¿Plan Estratégico de Seguridad Vial y trabajo en alturas? Muchos me miran con cara de “¿y eso qué tiene que ver?”. Pues, mucho. El PESV, que ya es obligatorio para un buen número de empresas (revisen la Resolución 20223040040595 si aún no lo tienen claro), no es solo para los vehículos de reparto o los de gerencia. Es para todos los vehículos de la empresa que cumplen ciertos criterios, y eso incluye los que transportan personal o equipos para realizar tareas en alturas.

Piénsenlo: ¿cómo llega ese personal con sus equipos (arneses, eslingas, andamios, escaleras) al sitio de trabajo? ¿En qué vehículo? ¿Ese vehículo está en el PESV? ¿El conductor está capacitado en seguridad vial? ¿Se inspecciona el vehículo periódicamente? He visto auditorías donde el PESV era impecable para la flota de distribución, pero cuando preguntaba por el furgón que llevaba a los técnicos de antenas, la respuesta era un silencio incómodo. Eso es un hueco enorme en su sistema. La seguridad es integral, señores. No podemos segmentarla y decir "esto sí, esto no".

Una vez, en una empresa de telecomunicaciones, el jefe de SST juraba que su PESV estaba al día. Pero, al pedirle el plan de mantenimiento preventivo para las camionetas que usaban sus cuadrillas de instalación (que obviamente hacían trabajo en alturas), solo me mostró el de los vehículos de oficina. Los de campo, "se mantenían cuando fallaban". ¿Entienden la magnitud del riesgo? Un vehículo que transporta a un trabajador que va a 5 metros de altura debe estar tan o más seguro que el que lleva un paquete.

Resolución 4272: Más Allá de la Capacitación Básica

La Resolución 4272 de 2021 es el pan de cada día para quien trabaja en SST y tiene gente en alturas. Pero no es solo "tener el curso". Esto va mucho más allá.

No es Solo "Tener el Curso"

La capacitación es la base, sí, pero el reentrenamiento es igual o más importante. No es cada dos años por cumplir y ya. ¿Cambió un procedimiento? ¿Entró una nueva máquina? ¿Hubo un incidente cerca? Eso es motivo para reforzar. Y, por favor, verifiquen que el contenido de la formación sea pertinente a las tareas que realmente hacen sus trabajadores. Un curso genérico de 40 horas no sirve si su gente trabaja en torres de comunicación a 30 metros o en andamios colgantes. ¿Acaso no leen el Decreto 1072/2015 que habla de la idoneidad y pertinencia de la capacitación?

Equipos: La Vida Útil NO es Eterna

Los equipos de protección contra caídas (EPCC) tienen una vida útil. Y esa vida útil la define el fabricante, no "hasta que se rompa" o "cuando ya se vea muy viejo". La Resolución 4272 lo dice claro: inspección pre-uso obligatoria y una inspección anual por una persona calificada. ¿Tienen el registro? ¿Saben la trazabilidad de cada arnés, cada eslinga? ¿Almacenan los equipos correctamente? He visto EPCC guardados al sol, en cajas de herramientas con líquidos corrosivos. Eso es un crimen contra la seguridad.

Y hablando de equipos, la 4272 también nos recuerda la importancia de los sistemas de acceso, como andamios y escaleras. ¿Se inspeccionan antes de cada uso? ¿Hay un procedimiento para armar y desarmar andamios? ¿Es personal certificado?

Plan de Rescate: ¿Papel o Realidad?

El plan de rescate es ese documento que muchas empresas tienen guardado en una carpeta, lleno de teoría. ¿Pero lo han probado alguna vez? La Resolución 4272 exige la disponibilidad de un plan de rescate y la capacitación del personal en el mismo. No basta con tenerlo; hay que saber ejecutarlo. ¿Tienen el equipo adecuado? ¿Saben usarlo? ¿Han hecho un simulacro real en el punto más crítico de sus operaciones? Una persona suspendida puede sufrir un trauma por suspensión en minutos. Minutos. ¿En serio creen que con solo el papel basta?

IPRC y Medidas de Control: No es un Formato más

La identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos (IPRC) es la piedra angular de cualquier SG-SST (Ley 1562/2012, Decreto 1072/2015). Y para trabajo en alturas, debe ser minuciosa. No es copiar y pegar un formato. Es sentarse, analizar la tarea, el entorno, las personas, los equipos. La GTC-45 es una guía, pero la aplicación es crítica. ¿Las medidas de control que definieron son realistas? ¿Se implementan? ¿Se verifican? Si el riesgo de caída es inminente, ¿detienen la actividad o buscan una alternativa? Porque la jerarquía de control es clara: eliminar, sustituir, controles de ingeniería, controles administrativos, EPP. Y el EPP es la última barrera.

La Implicación del SG-SST (Decreto 1072 y Res. 0312)

Todo esto, al final, aterriza en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. La Resolución 0312 de 2019 establece los estándares mínimos, y el trabajo en alturas es un pilar fundamental. Si fallan en cualquiera de los puntos anteriores, su SG-SST tiene una falla estructural. Y una falla estructural, en SST, se paga caro. No hay atajos. La gestión de riesgos no es una opción, es una obligación legal y, sobre todo, moral.

Ya he visto demasiadas tragedias que pudieron evitarse con una gestión un poco más seria y proactiva. No dejen que sus empresas sean una estadística más. La normativa está ahí para proteger vidas, no para adornar estantes.

Si tienen dudas, si necesitan una auditoría seria, sin complacencias, o si quieren poner al día su sistema para cumplir con la 4272 y entender esa conexión con el PESV, no duden en contactarme. En SafeP.co somos expertos en esto y, créanme, no tenemos tiempo para juegos. La seguridad es lo primero.