La informalidad: el cáncer de la SST en obra pequeña

Hablemos claro, sin rodeos. En Colombia, el sector de las obras civiles pequeñas es un nido de informalidad. Y no me refiero solo a la parte tributaria, que ya es un desorden. Hablo de la seguridad y salud en el trabajo (SST), un tema que parece ser un lujo para muchos, un "papel que llenar" para otros, y una absoluta ignorancia para la mayoría.

Contratistas que se hacen llamar "maestros", con una cuadrilla que contratan por el día o la semana, sin un solo documento que los respalde, sin seguridad social, y lo más grave, sin la más mínima idea de cómo proteger a su gente. Esto es el pan de cada día. Y luego, ¿quién paga los platos rotos? Las vidas de los trabajadores, sus familias, y en última instancia, la reputación y el patrimonio de quien los contrató.

¿Por qué tanta resistencia a la SST?

La excusa es siempre la misma: "Eso es muy caro", "Eso es para empresas grandes", "Aquí siempre se ha hecho así y nunca ha pasado nada". ¡Falso de toda falsedad! Ese "nunca ha pasado nada" es una estadística esperando a ocurrir, una ruleta rusa donde la bala siempre llega. ¿Acaso creen que un accidente solo le pasa a los demás?

La gente no entiende, o no quiere entender, que la SST no es un gasto, es una inversión. Es la póliza de seguro más importante que se puede tener. Si comparamos esto con comprar un carro, ¿alguien se atrevería a sacar un vehículo sin frenos solo porque "siempre lo ha manejado así y nunca se ha estrellado"? Suena absurdo, ¿verdad? Pues en SST es lo mismo, pero con vidas humanas.

La norma existe, ¿por qué la ignoran?

En Colombia tenemos un marco normativo robusto. Ahí está el Decreto 1072 de 2015, que en su libro 2, parte 2, título 4, capítulo 6, establece las bases del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Y no es solo para el que tiene mil empleados; aplica para todos los empleadores y contratantes. ¿O es que el trabajador de una obra pequeña tiene un esqueleto diferente que lo hace inmune a las caídas, los cortes o los golpes?

También tenemos la Ley 1562 de 2012, que define el Sistema General de Riesgos Laborales. Esto no es poesía, es ley. Y sí, si contratas a alguien para una obra, tienes responsabilidades, no solo con el maestro, sino con su ayudante, el que mezcla el cemento, el que sube los ladrillos.

Accidentes que vi y no deberían haber ocurrido

Recuerdo una auditoría en una constructora pequeña en el Eje Cafetero. Estaban haciendo un edificio de tres pisos, una obra "familiar" como la llamaban. Me acerqué y vi a un par de muchachos trabajando en el segundo piso, en una fachada. ¿Arnés? Ni por asomo. ¿Línea de vida? Menos. ¿Andamios certificados? No, unas tablas de madera apoyadas en unos baldes de pintura viejos. Una temeridad.

Les pregunté al contratista por qué no usaban elementos de protección personal. Su respuesta fue impagable: "Es que ellos son ligeros, Ingeniero. Y no les gusta el arnés, les estorba". ¿Les estorba? Más les estorbará un yeso por una fractura de tibia o una silla de ruedas por un trauma craneoencefálico. Semanas después, volví a pasar por allí. Uno de los muchachos, el "ligero", se había resbalado. Afortunadamente, no fue fatal, pero el brazo lo tenía como un trapo. ¿Y quién respondió? El dueño de la obra, el que contrató al "maestro ligero", porque la formalidad de los contratos y la seguridad social brillaban por su ausencia. Tuvo que vender un carro para cubrir los gastos y evitarse un lío mayor con la UGP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales), por la omisión en el pago de seguridad social, que pudo haber sido peor si la ARL hubiese tenido que repetir contra él por la falta de medidas de seguridad.

La Resolución 0312 de 2019, que establece los estándares mínimos del SG-SST, es clara: hasta para el de 1 a 10 trabajadores hay que cumplir. No es negociable.

¿Qué se puede hacer? No es ciencia espacial

Para empezar, los contratantes (los dueños de las obras, las pequeñas constructoras) deben entender que son la primera línea de defensa. No pueden lavarse las manos. Exijan a sus contratistas:

  • Contratos laborales o de servicios que incluyan las cláusulas de SST.
  • Afiliación a seguridad social: EPS, Pensión y ARL. Esto es Decreto 60 de 2002 y más. Es el ABC.
  • Plan de trabajo seguro: No es un documento de 100 páginas. Es una guía sencilla de cómo se van a hacer las cosas con seguridad.
  • Entrega y uso de Elementos de Protección Personal (EPP): Casco, guantes, gafas, botas, arnés si hay altura. ¿Tan difícil es? La Resolución 1409 de 2012 es muy específica para trabajos en alturas.
  • Capacitación básica: No necesitan un doctorado en SST, pero sí saber qué es un riesgo y cómo evitarlo.

No se trata de ahogar al contratista, se trata de protegerlo a él y a su gente. Y de protegerse usted, el contratante, de un problema que puede ser mucho más costoso que implementar la SST desde el principio.

El "costo" de la SST es una fracción de lo que cuesta un accidente. Un mes de incapacidad, una demanda, una multa de la UGPP, el cierre temporal de la obra. ¿Es eso lo que quieren? El sentido común parece ser el menos común de los sentidos en estos casos.

Reflexión final

Mire, el asunto es sencillo: si usted va a construir, remodelar o hacer cualquier tipo de obra, sea pequeña o grande, la seguridad de las personas es innegociable. Punto. No hay atajos, no hay excusas. El costo de la prevención es siempre, siempre, menor que el costo de la tragedia. La complacencia con la informalidad es una bomba de tiempo con vidas humanas de por medio.

Si usted es contratante, póngase la mano en el corazón y en el bolsillo. No espere a que pase algo para actuar. Y si es contratista, deje la improvisación. La vida de sus trabajadores vale más que unos pesos ahorrados en un arnés o una capacitación. La verdad, me cansa ver cómo se repiten los mismos errores una y otra vez.

Si necesita ayuda para organizar su casa en SST, para que sus obras no sean una lotería, sabe dónde buscar. En SafeP.co estamos para eso: para convertir el "ojalá no pase" en "estamos seguros".