La reciente actualización de la lista de enfermedades laborales reconocidas en Colombia por el Ministerio de Salud, mediante la Resolución [número de la resolución - si no lo tienes, omítelo], marca un hito importante, especialmente al incluir por primera vez patologías directamente asociadas al trabajo remoto prolongado. Casos como el síndrome de visión por computador y las lesiones osteomusculares por movimientos repetitivos en teletrabajadores, ahora formalmente reconocidos, nos invitan a reflexionar sobre experiencias internacionales y las lecciones que estas nos pueden dejar. Aunque no se tiene un caso específico de Colombia antes de esta resolución, podemos mirar a situaciones en otros países que ya venían lidiando con estas realidades.
Por ejemplo, en países como España y Estados Unidos, desde hace algunos años, diversas empresas y profesionales de la salud ya venían reportando un incremento en afecciones relacionadas con el uso intensivo de pantallas y posturas inadecuadas en entornos de teletrabajo. Un informe de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, publicado alrededor de 2020, ya advertía sobre la creciente prevalencia de trastornos musculoesqueléticos y fatiga visual entre empleados que pasaron a modalidades de trabajo a distancia de forma abrupta. Estas condiciones, aunque no siempre eran reconocidas formalmente como enfermedades laborales en un inicio, generaban incapacidades y requerían tratamientos, evidenciando un vacío normativo que Colombia ahora busca llenar. La experiencia internacional nos muestra que la falta de una ergonomía adecuada en el hogar y la prolongación de las jornadas laborales frente a dispositivos electrónicos son factores de riesgo críticos.
La inclusión de estas patologías en la normativa colombiana, como lo establece la Resolución [número de la resolución], no es solo una adecuación a la realidad de nuestro mercado laboral, sino también un llamado de atención a empleadores y ARL. Se trata de una medida que busca garantizar una mayor protección para los teletrabajadores y alinear nuestra legislación con las tendencias globales en seguridad y salud en el trabajo, reconociendo que el entorno de la oficina se ha extendido al hogar.
Para el empresario y el profesional SST colombiano, esta actualización es una señal clara: la prevención en el teletrabajo ya no es una opción, sino una obligación legal y ética para la protección del talento humano.