La reciente actualización de la lista de enfermedades laborales por parte del Ministerio de Salud en Colombia ha generado un importante eco en el sector de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), especialmente al incluir por primera vez afecciones directamente relacionadas con el teletrabajo prolongado. Esta novedad, que ahora reconoce oficialmente el síndrome de visión por computador y lesiones por movimiento repetitivo en teletrabajadores, nos obliga a mirar ejemplos internacionales y a reforzar nuestras estrategias preventivas.
Aunque no se trata de un caso de fatalidad, es relevante recordar la experiencia en un país como España, donde desde hace algunos años se ha venido discutiendo y reconociendo la incidencia de patologías musculoesqueléticas y visuales en trabajadores que, si bien no se consideraban formalmente teletrabajadores en el sentido actual, realizaban labores administrativas prolongadas frente a pantallas. Según reportes de sindicatos y asociaciones de prevención a principios de la década de 2010, un porcentaje significativo de consultas médicas laborales estaban relacionadas con el síndrome del túnel carpiano, tendinitis y problemas de agudeza visual, a menudo vinculados a la falta de ergonomía adecuada en sus puestos de trabajo y a periodos extendidos sin pausas activas. Esta situación, aunque se presentaba en oficinas, es un claro precedente de los riesgos que hoy se magnifican en el teletrabajo, donde el control del entorno laboral por parte del empleador es más desafiante.
La lección para Colombia es clara: esta inclusión en la Resolución del Ministerio de Salud no es solo un formalismo, sino un llamado a la acción. Las empresas deben entender que su responsabilidad en la prevención de enfermedades laborales se extiende al hogar del teletrabajador. La falta de una silla ergonómica, una iluminación deficiente o la ausencia de pausas activas supervisadas pueden derivar en diagnósticos que ahora son legalmente reconocidos como enfermedades laborales, con las implicaciones económicas y de salud que esto conlleva para el trabajador y la organización.
Para el empresario y profesional SST colombiano, la adaptación a esta nueva realidad normativa es una inversión en la salud de sus equipos y la sostenibilidad de su operación. La prevención en el teletrabajo ya no es una opción, es una obligación legal y ética. Para más información sobre cómo implementar estas medidas, visite SafeP.co.